Concejo evalúa en audiencia pública proyecto sobre Fondos de Desarrollo Local

El Observatorio al Concejo de Cartagena y Asamblea de Bolívar hace un resumen de cada sesión sin emitir opinión alguna en el contenido de las bitácoras. #CiudadaníaActiva | Infórmate, participa y actúa.

Bitácora del Observatorio al Concejo de Cartagena, 14 de octubre del 2026

Hora de inicio: 9:35 a.m.

Hora de finalización:  11:48 a.m.

Antes de iniciar la sesión plenaria del Concejo Distrital de Cartagena, se aprobó una proposición presentada por el concejal Carlos Guerra (ASI) para incluir en el orden del día la audiencia pública del Proyecto de Acuerdo 121 de 2026 «Por medio de cual se dictan normas sobre la organización y el funcionamiento de los fondos de desarrollo local del distrito turístico y cultural de Cartagena de Indias».

Aprobado el orden del día, el secretario de la corporación dio lectura a dos oficios de excusa remitidos por la administración distrital. En el primero, el secretario de hacienda distrital, Haroldo Fortich González, justificó su inasistencia por compromisos agendados previamente y delegó a Rosy Janis Rodríguez Acosta, profesional especializada de la Dirección Financiera de Presupuesto, para intervenir en representación de la dependencia. En el segundo documento, el secretario general (e), José Joaquín Posada Arrieta, informó encontrarse imposibilitado para asistir a la audiencia, precisando que funcionarios del equipo de enlace al Concejo harían presencia en el recinto para hacer seguimiento a la jornada. 

Seguido, por parte de la ciudadanía se dieron las siguientes intervenciones:

  • Antonio Aponte: Recordó los antecedentes de manejos irregulares en estos fondos que derivaron en destituciones e inhabilidades de alcaldes en vigencias pasadas. Señaló que el proyecto debe establecer mecanismos claros que garanticen la participación de las Juntas de Acción Comunal, organizaciones sociales y comunidades en la identificación y priorización de las obras locales, manifestando que la descentralización no consiste solo en transferir recursos y competencias a los alcaldes locales, sino en asegurar una incidencia comunitaria efectiva en el territorio. 
  • Rafael Castro, [No estaba]
  • Ever Molina, Expresó que la ciudad ha arrastrado la desidia administrativa de sus gobernantes y calificó la presentación del proyecto como una respuesta forzada ante un fallo judicial adverso y no como un acto de voluntad política de la administración. Recordó que la aplicación de la Ley 1617 de 2013 ha permanecido rezagada e instó a los concejales a no poner obstáculos procesales para que la iniciativa sea aprobada en estricto cumplimiento de lo ordenado por el Tribunal Administrativo de Bolívar.
  • Gregson Martinez, presidente JAC del barrio Republica de Libano, invitó a la corporación a prestar especial atención al trámite del proyecto y reconoció el proceso de reclamación jurídica adelantado en el territorio. Señaló que el debate reviste interés académico y administrativo, por lo que instó a revisar a fondo los enfoques del ejecutivo y a realizar los ajustes normativos correspondientes en favor de las comunidades.
  • Julio Cesar Gallardo, presidente de la Junta de Acción Comunal del barrio Las Delicias, sector Alfonso López resaltó como positivo que los recursos públicos se desconcentren y se manejen directamente desde las localidades, explicando que esta cercanía facilita la llegada de programas institucionales a comunidades periféricas y sectores segregados que históricamente no acceden a la inversión central.

Antes de continuar con los inscritos, el concejal Pedro Aponte (Cambio Radical) solicitó conceder un tiempo ampliado de intervención a el edil Juan Carlos Molina Ramos, al destacar su condición de accionante en el proceso judicial que motivó la presentación del proyecto y su representación de los 27 ediles del Distrito; solicitud que fue avalada por la presidencia otorgándole hasta 5 minutos adicionales. 

Al tomar la palabra, el edil Juan Carlos Molina Ramos (Localidad 2 de la Virgen y Turística) sustentó una ponencia técnica radicada ante la secretaría de la corporación. Molina Ramos explicó que la Sentencia 006 del 24 de agosto de 2026, proferida por el Tribunal Administrativo de Bolívar, ordenó al alcalde mayor radicar en un término de 30 días el proyecto para crear e implementar los Fondos de Desarrollo Local (FDL) dotados de personería jurídica, patrimonio autónomo, presupuesto propio, capacidad de contratación y ordenación del gasto en cabeza de los alcaldes locales, con el fin de que entren en funcionamiento efectivo el 1 de enero de 2027. Sostuvo que la descentralización no equivale a la simple ejecución de obras centrales en los barrios, sino a definir quién planea, gestiona e invierte los recursos. En su análisis técnico-jurídico, presentó seis propuestas de modificación:

  1. Título y exposición de motivos: Ajustar el título para que exprese formalmente que el acuerdo crea, organiza y establece disposiciones para la implementación de los fondos, incorporando además la Sentencia 006 de 2026 en la exposición de motivos como antecedente determinante.
  2. Capacidad administrativa y funcional: Incluir un artículo específico que garantice los medios humanos, técnicos, financieros y tecnológicos para que los fondos operen materialmente desde 2027, sin dejar este aspecto sujeto únicamente a la expedición posterior del reglamento operativo.
  3. Coordinación institucional y cómputo de inversión física: Delimitar el alcance del acompañamiento de Hacienda y Planeación para evitar autorizaciones adicionales centralizadas, y revisar de forma integral la aplicación del Decreto 2388 de 2015 sobre cómputo de inversión distrital, advirtiendo que para 2027 la administración proyecta centralizar cerca del 75% de los recursos locales vía cómputos, transfiriendo solo el 24,5% restante de forma directa a la Localidad 2.
  4. Reglamento operativo: Fijar como plazo perentorio el 31 de diciembre de 2026 para la expedición de dicho reglamento por parte del alcalde mayor, respetando estrictamente las competencias de las autoridades locales.
  5. Régimen de transición: Definir el tratamiento de contratos, vigencias futuras, reservas y cuentas por pagar originadas en 2026 con efectos en 2027, evitando traslados automáticos de pasivos y exigiendo un informe de transición a la corporación y a las JAL.
  6. Entrada en vigencia: Diferenciar la entrada en vigor del acuerdo (a partir de su publicación) de la fecha de funcionamiento efectivo de los fondos (1 de enero de 2027), con el fin de facultar jurídicamente los actos preparatorios requeridos durante la vigencia 2026. Finalmente, solicitó constancia formal en las ponencias sobre el estudio dado a cada propuesta.

Continuando con las intervenciones ciudadanas:

  • Mario Batista: Señaló que el origen de la audiencia obedece a un mandato judicial y no a la voluntad del distrito, cuestionando que desde 2013 no se haya reglamentado la totalidad de la Ley 1617. Manifestó su preocupación frente al mecanismo de cómputos presupuestales contemplado en la norma, indicando que este no puede vulnerar el artículo 73 de dicha ley ni distorsionar la función de las Juntas Administradoras Locales, cuya misionalidad apunta a resolver obras menores en las comunidades sin los desgastes administrativos del nivel central.
  • Janis Carolina Bolaño (consejera local de juventud de la Localidad Industrial y de la Bahía): Expuso las dificultades que afrontan las comunidades y colectivos juveniles en los territorios ante la constante respuesta institucional de escasez presupuestal. Sostuvo que el Proyecto de Acuerdo 121 de 2026 debe garantizar autonomía real, asignación transparente y una distribución equitativa de los recursos conforme a los criterios del artículo 64 de la Ley 1617 de 2013.
  • Roberto Yepes (presidente de la Junta de Acción Comunal de La Castellana): Manifestó que la asignación legal de no menos del 10% de los ingresos corrientes a las localidades es un mandato normativo y no una concesión administrativa. Cuestionó la falta de una metodología técnica para calcular y distribuir dicho presupuesto, señalando que los recursos actuales son insuficientes, panorama que podría agravarse con la posible creación de dos nuevas localidades. Propuso publicar un informe técnico-financiero del cálculo del 10% por vigencia, fijar una metodología objetiva de distribución y presentar un análisis de sostenibilidad fiscal sobre el costo de funcionamiento de los fondos.
  • Eduardo Pastrana (presidente del Consejo Territorial de Planeación – CTP): Valoró el avance hacia la autonomía local. Agregó que radicó cuatro recomendaciones: establecer variables objetivas (pobreza multidimensional, población y extensión territorial) consultadas con las JAL y los CPL para distribuir el 10% entre las tres localidades; articular de forma vinculante los proyectos de los bancos locales con los diagnósticos de los planes locales y el POT; incorporar un plan de implementación gradual y asistencia técnica en los primeros seis meses a cargo de Hacienda y Talento Humano; e incluir la obligación de presentar informes semestrales de ejecución presupuestal y física.
  • Marcia del Carmen Escobar (exedilesa de la Localidad de la Virgen y Turística): Resaltó la lucha sostenida de los ediles por la descentralización y señaló que los gobiernos deben cumplir prioritariamente la ley antes de ser conminados judicialmente. Cuestionó la aplicación del Decreto 2388 de 2015 por considerar que afecta la descentralización al permitir que la inversión se compute desde el nivel central, enfatizando que los FDL nacieron para atender necesidades básicas inmediatas y no para financiar macroproyectos de ciudad.
  • Manuel Batista: Manifestó su inconformidad con el trámite, calificándolo como una falta de rigor frente a mandatos ya consagrados en la Constitución y la ley desde hace más de una década. Afirmó que la asignación global calculada para las tres localidades debería superar los $750.000 millones y señaló que los recursos actualmente disputados representan montos menores frente a las obligaciones normativas, instando a las autoridades a respetar la dignidad de las comunidades.
  • Luis Alberto Salcedo: Expuso la problemática ambiental y de salubridad en los barrios aledaños a la Ciénaga de la Virgen, reportando niveles de contaminación del 700%, presencia de vectores e inundaciones por falta de mantenimiento en canales como Amador y Cortés. Señaló que más de 100 metros en sectores cercanos a la vía perimetral carecen de alcantarillado, lo cual afecta la salud de la población infantil. Concluyó que los FDL deben fortalecerse para financiar intervenciones de saneamiento básico, seguridad alimentaria y proyectos sociales en los barrios, reservando los macroproyectos para la administración distrital.

Finalizadas las participaciones de la ciudadanía, tomó la palabra el asesor de despacho de la Oficina Asesora Jurídica, Rafael Castillo, para sustentar el P.A. 121 de 2026 en representación de la administración distrital. Castillo explicó que el proyecto busca armonizar el marco normativo del Distrito con el artículo 61 y siguientes de la Ley 1617 de 2013 y su Decreto Reglamentario 2388 de 2015, superando los Acuerdos 06 de 2003 y 05 de 2004. Recordó que la Sentencia C-353A de 2021 de la Corte Constitucional declaró inexequibles las modificaciones introducidas por la Ley 2082 de 2021, restableciendo que la ordenación del gasto y la representación legal de los fondos recae en los alcaldes locales y no en el alcalde mayor.

El funcionario precisó que cada fondo contará con personería jurídica, patrimonio autónomo, presupuesto, contabilidad, NIT y cuentas independientes, correspondiéndole a los alcaldes locales expedir los CDP y registros presupuestales previa aprobación de las JAL. Detalló que el patrimonio se conformará por transferencias distritales, multas aplicadas por los alcaldes locales, rentas de espectáculos o rifas, donaciones y cooperación internacional. Respecto a la participación presupuestal, reiteró que la norma fija un mínimo del 10% de los ingresos corrientes (ampliable hasta un 30% con incrementos anuales del 2%), solicitando avalar en el acuerdo la facultad reglamentaria de computar las inversiones físicas distritales directas en las localidades. 

Aclaró que la ley no autoriza gastos de funcionamiento para la estructura propia de los fondos, permitiendo únicamente apropiaciones para sesiones de ediles, seguridad social y dotación de las JAL, debiendo orientarse el resto a inversión mediante bancos locales de proyectos articulados al Plan de Desarrollo.

Posteriormente, intervino el concejal Armando Córdoba (Alianza Verde), quien sostuvo que el proyecto constituye una medida para blindar judicialmente al gobierno distrital frente a la omisión en materia de descentralización, cuestionando la ausencia del jefe de la Oficina Asesora Jurídica. Recordó a los ediles y alcaldes locales que no son subordinados del alcalde mayor, sino autoridades de la unidad territorial primaria. Frente al articulado, advirtió que el proyecto no incorpora cifras proyectadas para 2027 en su exposición de motivos conforme al artículo 7 de la Ley 819 de 2003, y alertó que el parágrafo 2 del artículo 5 permite que el 10% legal sea computado con inversiones del nivel central sin que las localidades administren los recursos. Asimismo, expuso reparos por la falta de una fórmula técnica para el reparto del NBI, riesgos de contratación en año electoral, ausencia de partidas para personal y falta de mecanismos de presupuesto participativo o rendición de cuentas.

Para el trámite de la ponencia, Córdoba propuso anexar las cifras proyectadas por localidad y el concepto fiscal completo de Hacienda; fijar un límite o eliminar el parágrafo 2 del artículo 5 para asegurar que el 10% ingrese directamente a los fondos; definir una fórmula pública de reparto basada en NBI y población; incorporar cláusulas de transparencia con publicación en SECOP II y rendiciones semestrales; regular convenios con JAC; acotar el plazo para expedir el reglamento antes del 1 de diciembre de 2026; establecer un régimen de transición derogando expresamente el Decreto 0581 de 2004; y estructurar un plan de fortalecimiento técnico para las alcaldías locales con recursos garantizados. Concluyó proponiendo la conformación de una mesa de trabajo amplia con concejales, ediles, alcaldes locales y comunidad para asegurar el cumplimiento material de la sentencia judicial.

A su turno, la concejal Luz Marina Paria (ASI) indicó que su bancada no adelantará un voto en esta etapa, sino que aportará al trámite reglamentario responsable. Destacó que, al margen del origen judicial de la iniciativa, el debate representa una oportunidad histórica para superar décadas de simple desconcentración y avanzar hacia una verdadera descentralización administrativa. Anunció que radicarán un documento con observaciones jurídicas y de procedimiento ante la secretaría de la corporación.

El concejal Pedro Aponte (Cambio Radical), en calidad de coordinador ponente, destacó la riqueza de los insumos aportados por la ciudadanía para sanear la iniciativa. Manifestó que la administración debió detallar con mayor precisión el esquema operativo de las alcaldías locales, solicitando a la Dirección de Talento Humano identificar los perfiles y cargos de los funcionarios que respaldarán financieramente y administrativamente a los fondos según los artículos 66 y 67 de la Ley 1617. Aponte reiteró que el Concejo conserva su autonomía deliberativa frente a la orden judicial y expresó su preocupación porque a corte de octubre de 2026 los alcaldes locales no hayan ejecutado su presupuesto debido a demoras en la Secretaría de Planeación. Finalmente, ratificó el compromiso de abrir mesas de trabajo interinstitucionales para concertar un articulado que garantice el funcionamiento efectivo de la descentralización. 

Finalmente, tras verificarse que no se radicaron proposiciones ni intervenciones en el punto de varios, se dio por terminada la jornada y se convocó para el jueves 15 de octubre a las 9:00 a.m.

Escrito por Jesús David Correa Turizo investigador de asuntos políticos del Observatorio al Concejo de Cartagena y a la Asamblea de Bolívar de Funcicar.


Fotografía: FUNCICAR

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