Concejo no acogerá objeciones de la Administración Distrital sobre proyecto de acuerdo, 22 de agosto de 2014

Hora de inicio: 9:13 a.m.       Hora de finalización: 10:46 a.m.

La sesión de hoy, clausuró el periodo de sesiones extraordinarias convocadas por el Alcalde Mayor, con el objetivo de que se estudiaran las objeciones por inconveniencia al Proyecto de Acuerdo No. 096 “Por medio del cual se hace seguimiento a los procesos de ejecución, recibo e inauguración de obras públicas en el Distrito de Cartagena»; para tal efecto se creó una comisión accidental, conformada por los Concejales Alfredo Díaz (Opción Ciudadana), David Múnera( Polo) y William López(Conservador), quienes luego de estudiar las objeciones plantearon las siguientes consideraciones y conclusiones:

En relación al Artículo Primero que sugiere el Gobierno, sea la Administración Distrital la que haga el seguimiento a las obras, resulta suficientemente claro que la Constitución Nacional al atribuir el control político a esta Corporación, la representatividad comunitaria, la aprobación de los presupuestos, nos dota de la facultad para hacer ese seguimiento a las inversiones, bajo el principio racional normativo constitucional se han establecido disposiciones como la Ley 1617 de 2013 que establece las atribuciones exclusivas de los Concejos Distritales en su artículo 26, el numeral 10 de este Artículo reza “ Vigilar la ejecución de los Contratos del Distrito”; por tal motivo, el Concejo no puede ceder esta facultad que la ley le otorga.

Respecto al Artículo Tercero, la comisión señaló que las objeciones por inconveniencia a un proyecto de acuerdo deben hacerse por motivos políticos, sociales o económicos del Estado, no por errores de transcripción, como lo fue denominar Administración Municipal o Departamento de Planeación, a la Administración Distrital y Secretaría de Planeación; la disposición desde el punto de vista finalístico resulta clara al indicar a quién le impone el mandato de rendir informe, lo que puede ser aclarado para absoluta transparencia de técnica normativa, mediante acuerdo posterior.

Por lo anteriormente expuesto, los Concejales miembros de la comisión accidental proponen a la plenaria de la Corporación, NO acoger las objeciones propuestas por el Ejecutivo, y proceder como lo dispone la Ley 136 de 1994 y demás normas concordantes.

Luego de leído el informe de la Comisión, se sometió a votación nominal la proposición y se aprobó con 18 SÍ y un Concejal ausente (Américo Mendoza, Partido ASI).

Seguidamente, el Presidente de la Corporación, Vicente Blel Scaff (Cambio Radical), expresó discurso de clausura, al igual que el Secretario General Distrital, Dr. Carlos Coronado, quien acudió en representación del gobierno local para agradecer el espacio de estudio que se le otorgó a las objeciones y manifestar absoluto respeto a la decisión tomada por los Concejales
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Escrito por Alejandra López, Asistente de investigación del Observatorio al Concejo de Cartagena y Asamblea de Bolívar.

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