Asamblea analiza inquietudes de Funcicar sobre el proyecto que crea una nueva empresa en Bolívar

Bitácora de la Asamblea Departamental de Bolívar, 20 de septiembre de 2021
SESIÓN VIRTUAL
Hora de inicio: 3:11 p.m.
Receso: 7:06 p.m. – 7:42 p.m.
Hora de finalización: 8:21 p.m.

Iniciado el orden del día, se aprobó el Acta 04 del 14 de septiembre. Seguido, se dio lectura a los siguientes documentos: 

  • Oficio mediante el cual Funcicar realiza recomendaciones al Proyecto de Ordenanza mediante el cual se constituye una Empresa Social del Estado. Algunas de las inquietudes mencionadas se refieren a lo siguiente: dualidad de funciones de esta nueva empresa con Edurbe S.A, donde la Gobernación cuenta con acciones; no precisión de los montos que asumirá la Gobernación para constituir la empresa; posibilidad de que se convierta en una entidad “de todito”, etc. (Conoce aquí las inquietudes de Funcicar). 
  • Oficio por el cual la Asamblea de Bolívar responde a las inquietudes de Funcicar, se sustenta la conveniencia y viabilidad de la constitución de esta empresa, se hace énfasis en las necesidades que sobrepasan el objeto social de Edurbe, el enfoque en gestión urbana, etc. Además, se informan las modificaciones hechas al objeto social de la empresa, en atención a las inquietudes de la Asamblea y Funcicar. 
  • Oficio mediante el cual la Gobernación de Bolívar presenta modificaciones al Proyecto de Ordenanza que crea una Empresa Industrial y Comercial del Estado.
  • Oficio mediante el cual la Gobernación de Bolívar presenta modificaciones al Proyecto de Ordenanza que regula la aplicación de un incentivo tributario.

Continuando con el orden del día, se dio paso al segundo debate de los siguientes Proyectos de Ordenanza: 

1.Proyecto de Ordenanza “Por el cual se regula en el Departamento de Bolívar el procedimiento para la aplicación al incentivo tributario previsto en el artículo 127 de la Ley 2063 de 2020”.

El informe de Comisión destacó cambios en el título, sustituyendo la frase “por el cual” a “por medio de la cual”, también se agregó “y se dictan otras disposiciones”. El preámbulo no tuvo modificaciones. 

En cuanto al articulado, se dieron modificaciones de la siguiente manera: en el artículo 1 con la intención de aclarar que el beneficio de descuento a aplicar en el impuesto al consumo de cerveza corresponde al 24%; en el artículo 3 se agregó una Ley que lo soporta su texto; en el artículo 4 se aclaró que las empresas interesadas tienen un plazo de 2 años para acogerse al incentivo. 
Además, se agregaron nuevos artículos. Los artículos 5 y 6, donde se describe la creación de un comité técnico que evaluará la viabilidad de los incentivos que se pretendan entregar y sus funciones. Los artículos 7 y 8 establecerán el trámite para solicitar el incentivo y detallan que el mismo se otorgará mediante un acto administrativo.

En el Art. 9 se suprimieron los incisos B y D y se ajusta la redacción del inciso C. Los artículos 10 y 11 establecen un informe de seguimiento del cumplimiento del contrato entre agricultor y la empresa beneficiaria. El artículo 15 detalla los recursos con los que cuentan los peticionarios en caso que no se conceda el incentivo, garantizando el debido proceso. 

Al ser sometido a votación, el informe de Comisión, articulado y título se aprobaron con 13 votos a favor y 1 ausente (Mendoza); el preámbulo se adoptó por constitucional. Por lo anterior, el Proyecto pasó a tercer debate. 

2.Proyecto de Ordenanza “Por medio del cual se realiza una incorporación de recursos al presupuesto de rentas, ingresos y gastos del departamento de Bolívar de la vigencia de 2021 por la suma de mil setecientos cincuenta millones de pesos”. 

El informe de Comisión señaló cambios en el título quedando de la siguiente manera “Por medio de la cual se efectúa una incorporación de recursos al presupuesto de rentas, ingresos y gastos del departamento de Bolívar de la vigencia de 2021 por la suma de mil setecientos cincuenta millones de pesos y se dictan otras disposiciones”. En cuanto al articulado, preámbulo y título no hubo modificaciones.

Al ser sometido a votación, el informe de Comisión, articulado y el título fueron aprobados con 12 votos a favor y 2 ausentes (Mendoza y Rico); el preámbulo se adoptó por constitucional. Por lo anterior, el Proyecto pasó a tercer debate. 

3.Proyecto de Ordenanza “Por medio del cual se autoriza al Gobernador del departamento de Bolívar para constituir una Empresa Industrial y Comercial del Estado y se dictan otras disposiciones”

El informe de Comisión señaló cambios en el título, sustituyendo la frase “Por medio del cual” a “Por medio de la cual”. El preámbulo no tuvo modificaciones.

Sobre el articulado, se realizaron cambios en el Art. 1 sobre el objeto social de la empresa y se suprimieron algunas competencias que desviaban la función principal de gestión urbana, mobiliaria y turístico-cultural. También se modificó el parágrafo segundo para agregar la frase “El manejo de sus recursos se dispondrá a través de fiducia o encargos fiduciarios”. 

En el Art. 2 se realizó una modificación de forma. En el inciso 3.6 del Art. 3 se hizo una modificación de forma y en el parágrafo 1 se aclararon los requisitos para ser gerente o representante legal de la empresa. Por otro lado, se agregó un nuevo parágrafo en el que se garantiza que el Departamento de Bolívar será el accionista mayor de la empresa. Los Art. 4 y 5 solo tuvieron modificaciones de forma.

Durante la discusión del informe, el diputado Jorge Rodríguez (La U) se refirió a la comunicación enviada por Funcicar, y señaló que Edurbe S.A no cumple con las funciones que sí serían adelantadas por la empresa del Estado que se pretende constituir, además, enfatizó en la inestabilidad económica de la misma y que esta es una empresa sometida a la voluntad política de turno en Cartagena, mientras que en la nueva empresa no estaría sujeta a esto y la Gobernación tendría una mayor participación de capital. 

Al ser sometido a discusión el articulado, el diputado Libardo Simancas (Cambio Radical) presentó una proposición en la que se modifica el inciso 3.6 del Art. 3 con la finalidad de establecer que el aporte de capital social para la constitución de la empresa por parte de la Gobernación, no será inferior al 90%. 

Además, el diputado Miguel Cueter (Conservador) presentó una proposición para agregar 8 artículos referidos al control fiscal de la empresa, control interno, revisión fiscal, control político mediante una comisión de 6 diputados que vigilarán las actividades de la empresa, reforma estatutaria (que solo podrá darse a través de la Asamblea previa iniciativa del Gobernador), y finalmente un artículo que indique el aporte inicial de la Gobernación para constituir la empresa y la fuente de esos recursos.
Seguido, debido a una proposición aprobada con 11 votos a favor y 3 ausentes (Mendoza, Rico y Benavides) se dio un receso de 36 minutos para una mejor redacción de los artículos sometidos a consideración por los diputados Simancas Cueter

Al retomar la sesión, la diputada Sofía Ricardo (ASI) presentó una proposición sustitutiva a la de los diputados Simancas y Cueter. La nueva proposición propone los siguientes cambios al articulado:

  • El inciso 3.6 del Art. 3 quedará así “El Capital Social de la Sociedad estará conformado con una participación del Departamento de Bolívar, que en todo caso no podrá ser inferior al 90%, todo ello conforme al estudio financiero. El aporte correspondiente se computará a partir del momento en que se realicen de manera efectiva o se contabilicen en los respectivos balances los ingresos representativos.”
  • El Art. 5 se referirá al control fiscal que ejercerá la Contraloría General y al control interno que se desarrollará conforme a la Ley. También se indica que los servidores públicos y contratistas de la Empresa estarán sujetos al régimen disciplinario único.
  • El Art. 6 hará referencia a la revisoría fiscal, la cual deberá cumplir con las exigencias legales sobre la materia. 
  • El Art. 7 señala que la Asamblea de Bolívar ejercerá control político y se conformará una comisión accidental de 6 diputados que harán seguimiento al cumplimiento de los términos, fines y objetivos planteados para la constitución de la Empresa Industrial y Comercial del Estado.

A continuación, el diputado José García (Liberal) presentó una proposición para que el informe que presente la empresa a la Asamblea de Bolívar sea semestral.

Ante una duda del diputado Miguel Cueter (Conservador) sobre un artículo que defina el monto inicial para la constitución de la empresa y sus fuentes, el Secretario Jurídico Departamental, Juan Mauricio González, explicó que no es conveniente integrar un monto fijo en el articulado, ya que ello pondría trabas al momento de negociar con los socios el aporte de capital que darían para la constitución de dicha empresa.

En este punto, la proposición sustitutiva de la diputada Sofía Ricardo (ASI) junto a la adición del diputado José García (Liberal), fue aprobada con 11 votos a favor y 3 ausentes (Mendoza, Villalobos y Benavides).

Luego, al someter a votación el informe de comisión leído, este se aprobó con 12 votos a favor y 2 ausentes (Mendoza y Rico), mientras que el articulado (con la adición de Ricardo y García) y el título fueron aprobados con 10 votos a favor y 4 ausentes (Mendoza, Villalobos, Rico y Benavides); el preámbulo se adoptó por constitucional. Por lo anterior, el Proyecto pasó a tercer debate. 

Por último, el diputado Elkin Benavides (Liberal) convocó a sesión de Comisión Primera el miércoles 22 de septiembre a las 8:00 a.m.

Agotado el orden del día, se levantó la sesión y se convocó para el miércoles 22 de septiembre de 2021; a las 10:00 a.m. a través de videoconferencia.

Escrito por Jesús Correa Turizo, asistente de investigación del Observatorio al Concejo de Cartagena y a la Asamblea de Bolívar de Funcicar.

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