Con importantes modificaciones Concejo aprobó actualización del Estatuto Tributario, 29 Diciembre 2016

Hora de inicio: 9:31 a.m.                                        

Hora de finalización: 5:19 p.m.

Recesos:

9:35 a.m.- 3:41 p.m.

Iniciado el orden del día, la mesa directiva declaró un recesó que duró 6 horas y 6 minutos, y al retomarse la sesión se dio segundo debate al Proyecto de Acuerdo No. 044 ,  por medio del cual se expide la normativa sustantiva tributaria del Distrito Turistico y Cultural de Cartagena de Indias.

El Secretario General del Concejo, dio lectura a un impedimento presentado por el concejal David Caballero (Conservador) para no votar los artículos 9 y 10 del proyecto de acuerdo, toda vez que su patrimonio familiar se encuentra dentro de la normativa que cobija dichos articulos. Una vez fue aprobado el impedimento, el cabildante se retiró del recinto.

Luego, el concejal Zaith Adechine (Conservador) hizo unas precisiones en cuanto a lo que se pretende aprobar. Adechine señaló que hoy solo se aprobará una primera parte de las modificaciones al Estatuto Tributario, en donde se busca ajustar la tarifa del impuesto predial unificado para que disminuya en los estratos 1 y 2, se mantenga igual en el estrato 3 y solo incremente en los estratos 4, 5 y 6.

El segundo aspecto tiene que ver con la exoneración del impuesto predial a las madres comunitarias, en donde destaca el compromiso de su colega Luis Cassiani (Cambio Radical) para sacar adelante este tema.

El tercer punto mencionado por el cabildante está asociado a la ley de victimas, y al respecto dijo que el Distrito está obligado a darle cumplimiento a esta ley.

La cuarta modificación a la que hizo referencia es a la exoneración de la estampilla Años Dorados y Pro Cultura a las empresas de economía mixta, a fin de hacer que estas empresas sean más productivas.

Por último, destacó la inclusión de los predios del Centro Histórico en la base tributaria del Distrito, por lo que las propiedades que antes no pagaban, a partir del 2017 tendrán que hacerlo.

Posteriormente, se inició la lectura de la ponencia, de acuerdo a la cual se modifica el titulo y solo se introduce cambio en los aspectos tarifarios que se contienen en 19 articulos de los 249 presentados inicialmente, lo que permite concluir que lo aprobado por medio de la presente iniciativa si se llega a convertir en Acuerdo, es solo la primera modificacion que se presenta, comprometiendose el gobierno a realizar y presentar un estudio mas profundo que será la actualizacion y compilación de toda la normativa tributaria distrital.

En ese sentido, el titulo quedaría de la siguiente forma: POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL ACUERDO 041 DE 2006 QUE CONTIENE LA NORMATIVA TRIBUTARIA DEL DISTRITO TURISTICO Y CULTURAL DE CARTAGENA DE INDIAS, y algunos de los ajustes tarifarios a destacar son:

GRUPO I

1. PREDIOS URBANOS EDIFICADOS

A. Viviendas -Residencial

Avalúo catastral

Tarifas (expresadas en millaje)

Estrato 1

Estrato 2

Estrato 3

Estrato 4

Estrato 5

Estrato 6

Hasta 80 SMLMV

1,0

1,5

3,5

6,5

6,8

7,1

Entre 81 y hasta 135 SMLMV

1.5

2.0

4.5

Mayor a 135 SMLMV

5,0

5,0

5,5

B. Comerciales:

9,5 por mil

C. Industriales:

10,5 por Mil

D. Hoteleros

Para el año 2017

Para el año 2018 y posteriores

7,0 por mil

7,5 por mil

E. Que sean propiedad de entidades educativas y en ellos desarrollen su actividad:

7,5 por mil

F. Que sean propiedad de entidades de beneficencia sin ánimo de lucro y en ellos desarrollen su actividad:

6,5 por mil

2. PREDIOS URBANOS NO EDIFICADOS

A. Predios urbanizables no urbanizados y predios urbanizados no edificados:

33,0 por mil

B. Lotes especiales por imposibilidad de ser urbanizados por no poder ser dotados de servicios públicos:

16,0 por mil

C. Predios urbanizados no edificados en sectores con suspensión de la construcción:

10,5 por mil

3. PREDIOS URBANOS LOCALIZADOS EN SUELO DE PROTECCIÓN AMBIENTAL:

4,0 por mil

1. PREDIOS RURALES

1.1 Predios con destinación económica

A. Predios con destinación agropecuaria:

7,5 por mil

B. Predios con destinación agroindustrial:

10,5 por mil

C. Parcelaciones, fincas de recreo, y predios explotados con actividades a la recreación y al turismo:

2. PREDIOS RURALES USO RESIDENCIAL

A. Rural Residencial (condominios, conjuntos residenciales cerrados, urbanizaciones campestres):

Avalúo catastral menor o igual a 300 SMLMV                                         

10,5 por mil

 7,5 por mil                                                                                       

Avalúo catastral  mayor a 300 SMLMV              9,0 por mil

E. Los predios con destinos comerciales, de propiedad de entidades educativas, de propiedad de entidades de beneficencia y en ellas se desarrolle su actividad, se les aplicará las mismas tarifas estipuladas en este artículo para predios urbanos.

F. Los predios edificados localizados en centros poblados de tratamiento especial y el resto de corregimientos se les aplicará las mismas tarifas contempladas en el GRUPO I del presente artículo para predios urbanos.

G. para los predios con destino Hoteleros que vienen en construcción y proyectos nuevos pertenecientes a este mismo destino que entren en funcionamiento entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2020, se conserva la tarifa del 5.5 por mil, durante 5 años a partir del 1 de enero de la vigencia de entrada en funcionamiento del hotel.  La Secretaria de Hacienda reglamentara los requisitos para verificar la entrada en funcionamiento y el reconocimiento en el mantenimiento de la tarifa.

1.2 Predios rurales no edificados sin destinación económica

A. Predios rurales no edificados ubicados en suelo suburbano:

16,0 por mil

PREDIOS INSTITUCIONALES

Empresas Industriales y Comerciales del Estado, Banco Emisor, las Establecimientos Públicos, Superintendencias, Departamentos Administrativos, Sociedades de Economía Mixta, Entidades Financieras y demás entidades oficiales del Orden Nacional:

16,0 por mil

Finalmente, con 16 votos a favor y 3 concejales ausentes (David Caballero, Rafael Meza yAntonio Salim Guerra)  se aprobó el proyecto de acuerdo y se queda a la espera de la sanción del Alcalde Distrital.

Agotado el orden del día se levantó la sesión y se convocó para el sabado 31 de diciembre, a partir de las 9:00 a.m., en las instalaciones de la Corporación.

Escrito por Alejandra López, coordinadora del Observatorio al Concejo de Cartagena y Asamblea de Bolívar.

 
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