Acuerdo para beneficios a madres comunitarias y sustitutas sería reactivado, julio 9 de 2016

Hora de inicio: 9:10 a.m.                                                           
Hora de finalización: 12:21 p.m.
 
Hoy en el Concejo distrital se llevó a cabo un debate de control político propuesto por el concejal Luis Cassiani (Cambio Radical), para revisar el cumplimiento del Acuerdo 038 de 2006, mediante el cual se les otorgan descuentos en el pago de los servicios públicos domiciliarios e impuesto predial a las madres comunitarias del distrito de Cartagena.

A tal debate estaría citado el Secretario de Hacienda, la oficina de servicios públicos, el ICBF, y representantes de las empresas Surtigas, Electricaribe y Aguas de Cartagena. No obstante, a la hora de inicio del debate solo se encontraban los representantes del ICBF y Aguas de Cartagena, dado que Surtigas y Electricaribe enviaron excusas para no asistir, y los funcionarios del gabinete distrital no habían hecho presencia en el recinto.

Ante dicha situación, el concejal proponente solicitó un receso para esperar a los representantes del gobierno local, el cual fue aprobado por la plenaria, y luego de  cincuenta minutos de receso  se retomó la sesión y dio inicio al debate.

Con un video sobre la historia e importancia de las madres comunitarias introdujo el concejal citante el debate, cediendo posteriormente el uso de la palabra a los funcionarios citados.

Lenys Puello, del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, fue la primera en intervenir, haciendo unas aclaraciones conceptuales sobre la diferencia entre las madres comunitarias y las madres sustitutas.

 Posteriormente, la funcionaria enfatizó en que los beneficios que buscan reconocer la importante labor de estas mujeres no solo están reglados mediante el Acuerdo 038 de 2006, sino que el Decreto 1766 de 2012 reglamenta el artículo  127 de la ley 1450, en los concerniente a la aplicación de los beneficios previstos, y la responsabilidad de la Superintendencia de servicios públicos de vigilar el estricto cumplimiento de este decreto por parte de las empresas prestadoras de los servicios y aplicar las sanciones a que haya lugar.

En ese sentido instó a las empresas de servicios públicos a dar cumplimiento a estas normas, y a aclarar cuáles son los parámetros específicos con los que requieren las bases de datos de madres comunitarias y sustitutas, toda vez que estas han sido rechazadas en varias oportunidades por mínimas especificidades.

Más adelante reveló que en Cartagena existen 1856 madres comunitarias contratadas y 157 madres sustitutas, y detalló que según  las bases de dato que el ICBF ha enviado a  Electricaribe deberían ser beneficiadas 1065 madres por esta empresa, 1489 por Surtigas y 1425 por Aguas de Cartagena. Explicó la funcionaria que la diferencia entre las cifras obedece a que algunas madres no cuentan con servicio de gas natural, no tienen el NIT o póliza de la suscripción a las empresas de servicios públicos, o no tienen legalizado alguno de estos servicios.

Por su parte, el secretario de hacienda del distrito, Napoleón de la Rosa Peinado, informó que desde la administración del ex alcalde Nicolás Curi, y durante los años 2008, 2009, 2010 y 2011 se otorgaron beneficios de exoneración del impuesto predial,  en atención al citado acuerdo.

El titular de la cartera de hacienda manifestó absoluto respaldo al ICBF para hacer los ajustes que requieran las bases de dato, a fin de que estas puedan ser recibidas en las empresas de servicios públicos, e indicó que es pertinente tener presente las viviendas de las madres comunitarias y sustitutas en la actualización catastral, para efectos de depurar la base de dato y que dichos beneficios lleguen realmente a estas mujeres.

En la intervención del representante de Aguas de Cartagena, dio cuenta de 151 madres sustitutas que actualmente se estarían beneficiando con el Acuerdo distrital, y dijo que el ICBF había enviado una solicitud para que alrededor de 1500 fueran incluidas. A la vez reconoció que la empresa no ha podido actualizar la base de dato de las nuevas viviendas que deben recibir el beneficio porque no se les ha suministrado la póliza que da cuenta de la suscripción de tales viviendas.

Algunas madres comunitarias y sustitutas también participaron en la sesión, solicitando al Concejo que ayude a gestionar  la reactivación de este acuerdo, toda vez que los descuentos les permitirían poder  hacer uso personal del pago que reciben por su labor y no gastarlo en el pago de los servicios públicos y del impuesto predial.

Al otorgarse el uso de la palabra a los concejales, el concejal Luis Cassiani (Cambio Radical) rechazó las respuestas de las empresas Surtigas, que no contestó el cuestionario, y de Electricaribe que dijo no conocer la ley y acuerdo distrital en mención.

Para la concejal Duvinia Torres (La U) el acuerdo tiene un vacío jurídico que debe ajustarse de acuerdo a lo establecido en la Ley 1753 de 2015, en su artículo 214, a fin de otorgar los beneficios adicionales que la ley del Plan Nacional de Desarrollo contempla para las madres comunitarias y sustitutas. Así mismo, la cabildante conmina al gobierno distrital a que a través de sus programas de vivienda mejorada focalice la intervención sobre esta población de mujeres.

El concejal Américo Mendoza (ASI) por su lado, considera pertinente que se conforme una comisión accidental de seguimiento a las voluntades expresadas en este debate, a fin de garantizar unos resultados concretos alrededor de la armonización del acuerdo con la ley, la actualización de las bases de dato de las empresas de servicios públicos, y un cronograma de reactivación del acuerdo distrital.

Expresó el compromiso colectivo de la Corporación en darle a las madres comunitarias y sustitutas todas las herramientas jurídicas del resorte del Concejo distrital,  para materializar la reforma que se le haga a dicho acuerdo.

Otro de los concejales intervinientes fue el conservador Edgar Mendoza, quien sugirió al gobierno distrital que las viviendas de estas mujeres sean estratificadas en estrato 1, y que tal como lo establece el artículo 38 de la ley 14 establece se definan los límites de tiempo en la exoneración tributaria  que concede este acuerdo.

Mendoza anunció un proyecto de acuerdo que su bancada y la de cambio radical presentaran mediante el cual buscarán que se estratifique en 1 las viviendas de quienes prestan este servicio comunitario.

El debate cerró con una proposición presentada por el proponente para que se conforme la comisión accidental de seguimiento que estaría integrada por algunos concejales, representantes de las empresas de servicios públicos, ICBF, sindicato de las madres comunitarias y gobierno distrital.

Agotado el orden del día se levantó la sesión y se convocó para el domingo 10 de julio, a partir de las 8:30 a.m., en las instalaciones de la Corporación.

Escrito por Alejandra López, coordinadora del Observatorio al Concejo de Cartagena y Asamblea de Bolívar.

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